lunes, 14 de octubre de 2013

Medidas de reducción de costes sin llegar al despido


Cuando hablamos de reducción de costes de personal parece que, por obligación, ya estamos hablando de despidos, y esa no es la realidad. Dependiendo de la urgencia de las medidas a tomar, si el plazo no es inmediato, se puede realizar una política de contratación que disminuye el coste de personal, y que, a la larga, evitará la reducción de plantilla y los temidos despidos. Actualmente estamos pagando la despreocupación a la hora de contratar de las épocas de bonanza, y como en otros muchos sectores, se han desaprovechado múltiples opciones de beneficio.
Lo que intentaré en esta entrada es hacer un breve resumen de las opciones de contratación,
que por reducción del coste de cotización u otros beneficios favorecen el ahorro en costes de personal.

1.      Bonificaciones:
A parte de lo indicado en la entrada referente a este tema en la que se detallaban más a fondo los tipos e importes :   http://www.laboralizate.blogspot.com.es/2013/10/un-resumen-de-las-bonificaciones-la.html debemos tener muy en cuenta la contratación de minusválidos, con un mínimo de un 33% de minusvalía reconocida. En estos casos todos los contratos, tanto indefinidos como temporales con personal de estas características están bonificados. Así por ejemplo, sin profundizar:
- Los contratos temporales iniciales se bonifican con un importe de entre 3.500€ y 4.100€ durante toda la vigencia del contrato, así como sus transformaciones a indefinidos.
- Los indefinidos, al igual que los temporales, durante toda la vigencia del contrato se bonifican con una cantidad entre 4.500€ y 5.700€.
Estos contratos temporales tienen una duración de hasta 3 años, por tanto son una opción de ahorrarnos un buen pico del coste de cotización.

2.      Disminución de cotización por contrato indefinido:

La cotización de los contratos indefinidos es inferior a la de los de Obra o Eventuales en algo más de un punto.
Si tenemos pensada la cobertura de un puesto de trabajo permanente no deberíamos dudar entre la contratación temporal, o la indefinida, ya que esta segunda es la mejor opción para beneficiarnos de las posibles subvenciones, bonificaciones, etc, a las que podamos acogernos.

3.      Subvenciones:

En todas las comunidades autónomas existen subvenciones a la contratación indefinida, cofinanciadas por el Fondo social Europeo, y que cada año salen publicadas acogiendo en sus bases las contrataciones realizadas en el año anterior.
Este año, por ejemplo, en Galicia, con el plan Estabiliza se premiaba la transformación de contratos eventuales en indefinidos, y con el programa CONII la contratación indefinida inicial.
Los importes de las subvenciones son importantes, ya que se puede llegar a subvencionar con 8.000€ una contratación indefinida. Detallo los importes del plan CONII, de la Xunta de Galicia, de contratación inicial, para hacernos una idea, y adjunto el Link al programa de este año 2013, el cual se acabó el 30-09-2013. Hay que estar pendientes cada año de las publicaciones para proceder a las solicitudes.
§ "Cuantía de los incentivos
Las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de:
- 5.400 euros
- 5.900 euros cuando las contrataciones sean realizadas con mujeres o con personas jóvenes desempleadas de 30 o menos años.
- 6.300 euros cuando las contrataciones sean realizadas por microempresas, 6.800 euros si, en este supuesto, la contratación se realiza con una mujer o con una persona joven desempleada de 30 o menos años.
- 7.200 euros euros cuando las contrataciones sean realizadas por microempresas para prestar servicios en centros de trabajo radicados en un ayuntamiento rural, 7.700 euros si, en este supuesto, la contratación se realiza con una mujer o con una persona joven desempleada de 30 o menos años.
En el caso de que la empresa cuente en su cuadro de personal en el mes de la contratación por la que se solicita subvención con un mínimo de 75% de personal indefinido las cantidades de las ayudas serán las siguientes:
- 6.000 euros
- 6.500 euros cuando las contrataciones sean realizadas con mujeres o con personas jóvenes desempleadas de 30 o menos años.
- 7.000 euros cuando las contrataciones sean realizadas por microempresas e 7.500 euros si, en este supuesto, la contratación se realiza con una mujer o con una persona joven desempleada de 30 o menos años.
- 8.000 euros cuando las contrataciones sean realizadas por microempresas para prestar servicios en centros de trabajos radicados en un ayuntamiento rural e 8.500 euros si, en este supuesto, la contratación se realiza con una mujer o con una persona joven desempleada de 30 o menos años".

Aun así, estas subvenciones son una arma de doble filo, ya que si bien los importes son apetitosos, exigen un mantenimiento de los puestos contratados durante 3 años, así como un aumento y mantenimiento de los porcentajes de contratos indefinidos en la empresa. En caso de no estar completamente seguros de cumplir estos requisitos, no es conveniente solicitarlas, ya que habría que devolver lo cobrado.

4.      Reducción de costes mediante Eres o acuerdos:

Además de las medidas que se establecen en el EETT, en base al polémico artículo 82,3 de cláusulas de descuelgue del convenio por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, tenemos que valorar siempre las posibilidades de acuerdos entre patronal y trabajadores, en los cuales si bien se puede ver reducido el poder adquisitivo temporalmente, se puede evitar la reducción de plantilla.
La posibilidad de aplicación de Eres de reducción de jornada no es tan perjudicial para el trabajador, ya que la parte que se deja de percibir por parte de la empresa se recupera desde el SEPE ( a cambio de tiempo de desempleo, eso sí), y es una opción para dar un respiro temporal al líquido de la empresa, sin disminuir temporalmente los ingresos de los trabajadores.


       Estas son algunas de las opciones más sencillas a tener en cuenta a la hora de ahorrar costes de personal, pero es evidente que no existe la gallina de los huevos de oro, ni fórmulas mágicas que reduzcan el coste de la plantilla sin sacrificios grandes. En ninguna de las opciones se ha disminuido el poder adquisitivo de la plantilla, ni la hemos reducido, ya que eso es lo que ya entendería como medidas drásticas.

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