El 28 de febrero se ha publicado en el BOE el Real Decreto Ley de mecanismos de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.
A nivel de contratación indefinida el punto reseñable es:
A) Reducción de cotización empresarial por contratación indefinida:
- Incentivo a la contratación indefinida a tiempo completo: los primeros 500 euros de cotización por contingencias comunes quedan exentos.
- Incentivo a la contratación a tiempo parcial: los 500€ se reducirán en proporción a la jornada hasta un tope mínimo de un 50% de jornada.
-Duración: 24 meses desde la fecha del nuevo contrato, iniciado entre el 01/03/2015 y el 31/08/2016. Las empresas con menos de 10 trabajadores podran alargar la duración hasta los 36 meses, si bien los ultimos 12 la cuantía exenta será se 250 euros.
- La reducción será compatible con la tarifa joven de contratación de menores de 25 años.
Ver requisitos y excepciones
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-2109
A nivel de contratación indefinida el punto reseñable es:
A) Reducción de cotización empresarial por contratación indefinida:
- Incentivo a la contratación indefinida a tiempo completo: los primeros 500 euros de cotización por contingencias comunes quedan exentos.
- Incentivo a la contratación a tiempo parcial: los 500€ se reducirán en proporción a la jornada hasta un tope mínimo de un 50% de jornada.
-Duración: 24 meses desde la fecha del nuevo contrato, iniciado entre el 01/03/2015 y el 31/08/2016. Las empresas con menos de 10 trabajadores podran alargar la duración hasta los 36 meses, si bien los ultimos 12 la cuantía exenta será se 250 euros.
- La reducción será compatible con la tarifa joven de contratación de menores de 25 años.
Ver requisitos y excepciones
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-2109
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