domingo, 8 de marzo de 2015

RD. Ley 1/2015 de 27 de Febrero: Bonificación autónomos

Como continuación al post anterior comentaremos brevemente las novedades en relación a las bonificaciones para los trabajadores autonómos. A partir del 1 de marzo se podrá solicitar una bonificación del 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes durante 12 meses, que resulte de aplicar el tipo de cotización mínimo establecido a la media de las 12 últimas bases, en los siguientes supuestos:

1. Cuidado de menores de 7 años a su cargo.
2. Cuidado de familiar hasta segundo grado, en situación de dependencia.

Para poder optar a estas bonificaciones se deben cumplir los siguientes requisitos:

A. Permanecer en el régimen general de autónomos durante los 6 meses siguientes al vencimiento del disfrute de la bonificación.
B. Contratar a un trabajador a tiempo completo o parcial, durante todo el disfrute de la bonificación.
C. Sólo podrán aplicarse la bonificación aquellos trabajadores que no hayan tenido asalariados en los 12 meses anteriores a la bonificación.
D. En caso de contrato a tiempo parcial se aplicará la bonificación en proporción a la jornada del trabajador contratado, siempre que no sea inferior al 50%.

Esta bonificación es compatible con el resto de incentivos a la contratación vigentes a día de hoy.

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-2109

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