viernes, 27 de diciembre de 2013

Eliminación del pago de indemnización en PYMES por el FOGASA

En las noticias de la semana pasada he podido leer que el gobierno, según la enmienda 2.997, ha modificado de un plumazo y sin previa consulta con sindicatos, el  Estatuto de los Trabajadores, eliminando de modo unilateral el artículo 33,8 del EETT, que paso a redactar:
8. En los contratos de carácter indefinido celebrados por empresas de menos de veinticinco trabajadores, cuando el contrato se extinga por las causas previstas en los artículos 51 y 52 de esta Ley o en el artículo 64 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, el Fondo de Garantía Salarial abonará al trabajador una parte de la indemnización en cantidad equivalente a ocho días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores al año. No responderá el Fondo de cuantía indemnizatoria alguna en los supuestos de decisiones extintivas improcedentes, estando a cargo del empresario, en tales casos, el pago íntegro de la indemnización.
El cálculo del importe de este abono se realizará sobre las indemnizaciones ajustadas a los límites previstos en el apartado 2 de este artículo.

Al leer la noticia y sin profundizar mucho en las repercusiones o motivos que puedan obligar a este tipo de actuaciones la conciencia me impide no exponer mi opinión sobre el tema.
Lo primero que voy a hacer es ponerme en la posición del pequeño y mediano empresario, que en estos momentos es el colectivo que peor lo está pasando por motivo de la crisis impuesta. Y sí, digo impuesta porque no entiendo que un modesto carpintero o el propietario de un tienda tenga que pagar las deudas multimillonarias acumuladas por los bancos, pero este es otro tema. Digamos que sólo es culpa del efecto mariposa…
Poniendo un ejemplo, en una pequeña empresa en la que siempre se han necesitado dos camiones de reparto, y actualmente, por desgracia, con uno repartiendo es más que suficiente, se ven obligados a despedir a uno de los camioneros, con causas más que justificadas. De una indemnización que, por ejemplo, supusiese 18.000€, actualmente el FOGASA se haría cargo de 8 días de salario por año trabajado. O sea, un total de unos 7.200€. Esa cantidad puede suponer el salario de uno de los empleados de la empresa durante muchos meses, y en consecuencia el mantenimiento del puesto de trabajo.
El respiro que esta ayuda supone para las pequeñas empresas es enorme, ya situados en el extremo de tener que llegar al despido de trabajadores, y más porque es dinero contante y sonante que debe salir inmediatamente de la empresa, aunque se pudiera llegar a aplazamientos de pago según acuerdos.
Razonando sobre el tema no veo por ningún lado el beneficio que se quiere vender al empresario desde el gobierno en torno a las medidas de ayuda al emprendedor, autónomo, etc, y da que pensar que no se trata por igual a todas las empresas, sino que se está beneficiando a las que más recursos tienen, sin valorar la importancia de mantener el entramado empresarial actual, que en nuestro país se compone en gran medida de autónomos y PYMES, y no solo de grandes empresas multinacionales.
Si lo único que se ha valorado a la hora de tomar esta decisión ha sido el ahorro que se va a producir en esta medida ( que quiero pensar que esta únicamente es mi modesta opinión, ocasionada por mi corta capacidad de miras), creo que en corto / medio plazo se verá que no ha sido la opción acertada, ya que lo único que puede producir es que el empresario se vea obligado a prescindir de sueldos para pagar la indemnización, o que por no poder asumirla se mantenga un puesto de trabajo no necesario, que ocasione a la larga más perdidas a la empresa.
No quiero con lo expuesto que se piense que apoyo fomentar el despido con ayudas y dando facilidades. Lo que entiendo es que cuando se llega a la situación límite de despedir a alguien por causas objetivas, y ratificadas por un juez, es porque las personas implicadas se encuentran en situación extrema, tanto el empresario como el trabajador, y se debe intentar disminuir la repercusión que provoca el poner en práctica estas actuaciones.

1 comentario:

  1. Esta medida es un ejemplo claro de para quien gobierna los que están actualmente el poder. Casi el 90 % del entramado empresarial empresarial español esta formado por empresas con menos de 25 trabajadores, beneficiando esta ley a la gran empresa que no es precisamente las que más crean empleo en España.

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