Sin lugar a dudas, en estos momentos en que la situación laboral se ha puesto tan complicada, una de las salidas más eficaces es la del autoempleo. No siempre valoramos esta opción por falta de cultura emprendedora, o por las dificultades que a simple vista se nos presentan a la hora de materializar un proyecto empresarial. Debemos tener claro que no hay proyecto pequeño, y que cualquier idea, por modesta que parezca, puede desembocar en una gran oportunidad.
Aunque no es ninguna novedad, voy a intentar hacer un resumen de las principales opciones de ahorro e incentivos a la hora de comenzar una actividad como autónomo, inicialmente enfocado al empleo de gente joven, y comienzo en esta entrada por las reducciones y bonificaciones en las cuotas de autónomos
de una manera esquemática:
de una manera esquemática:
Tarifa plana jóvenes:
· Menores de 30 años, y mujeres menores de 35.
· Para este colectivo se establece una reducción del 30% de la cuota de contingencias comunes, excluyendo la it, durante los 15 primeros meses, y una bonificación de la misma cuantía durante los 15 siguientes.
A parte y como mejora a elegir, para los menores de 30 años que sea la primera vez que se dan de alta en el Reta o lleven 5 años fuera del régimen se establecen la siguientes reducciones por tramos:
· Durante los primeros 6 meses una reducción del 80%.
· Durante los siguientes 6 meses 50%.
· Durante los siguientes 3 meses 30%.
· Los siguientes 15 meses una bonificación del 30%.
· Menores de 35 años discapacitados: durante los primeros 12 meses una reducción de un 80% y 50% hasta como máximo 5 años.
La reducción se aplicará sobre la cuota de contingencias comunes, independientemente de si se cotiza por desempleo, accidente e incapacidad temporal.
Base
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Contingencias comunes ( 26,50% - 80%)
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858,6
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45,5058
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Base
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Contingencias comunes sin reducción
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858,6
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227,529
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Como se puede ver esta tabla la reducción los primeros 6 meses, como ejemplo, para estos colectivos es importante, ya que supone a simple vista un ahorro 182€.
Estas reducciones y bonificaciones serán también aplicables a socios de cooperativas de alta en autónomos y para los trabajadores de alta en el régimen especial de trabajadores del mar.
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